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CCOO y UGT analizan a esta hora en sus órganos de dirección la reforma del subsidio por desempleo
Fecha: 07/05/2024 - Hora: 13:00:03 ||| Sección: Economía


CEOE no tiene previsto convocar ni Junta ni Comité y considera que ha sido un proceso de consultas más que una negociación



CCOO y UGT están analizando a esta hora en sus órganos de dirección la reforma del subsidio por desempleo que se ha abordado en la mesa de diálogo social para decidir si dan o no el visto bueno a un acuerdo con el Gobierno en esta materia, según informaron a Europa Press en fuentes de ambos sindicatos.

Por su lado, fuentes de la CEOE han indicado a Europa Press que la organización no tiene previsto convocar ni a la Junta Directiva ni al Comité Ejecutivo para tratar este asunto e interpretan que la discusión de esta reforma en la mesa de diálogo social ha sido más un proceso de consultas que una negociación.

El Ministerio de Trabajo se reunió ayer con los agentes sociales para presentarles una nueva propuesta de reforma, con la que encarriló la consecución de un acuerdo, al menos con los sindicatos, para cerrar una reforma esencial para el Gobierno, pues es uno de los hitos vinculado al cuarto desembolso de los fondos europeos.

De hecho, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, ha afirmado este martes que hoy mismo podría quedar cerrado un acuerdo entre el Ejecutivo y los sindicatos para reformar el nivel asistencial del desempleo.

La reforma del subsidio por desempleo que finalmente ha salido de la mesa de diálogo social incorpora algunas novedades respecto a la que tumbó en enero el Congreso con los votos de PP, Vox y Podemos, entre ellas nuevas reglas para poder compatibilizar las ayudas por desempleo con un puesto de trabajo.

Así, no sólo se permitirá compatibilizar el subsidio asistencial con un empleo, también la prestación contributiva de paro podrá simultanearse con el desempeño de un puesto de trabajo y, por tanto, con un salario.

En el caso del subsidio, la compatibilidad será por un periodo máximo de 180 días, sin reducción de la cuantía. En el caso de la prestación contributiva se podrá compatibilizar con un salario a partir de llevar un año en desempleo y todo apunta a que el periodo máximo de compatibilidad también será de seis meses.

En todo caso, falta todavía cerrar el texto de la reforma y de este asunto en concreto, según ha explicado este martes el secretario de Políticas Públicas de CCOO, Carlos Bravo, en declaraciones al Canal 24 Horas recogidas por Europa Press.

Bravo ha precisado que la idea es que esta compatibilidad entre prestación por desempleo y salario se configure como una opción para el trabajador que accede a un puesto de trabajo, pudiendo simultanear éste con la prestación contributiva, en una cuantía inferior, o bien optar por el trabajo y no cobrar la prestación. En ese caso, se preservarían sus derechos a reanudar la prestación una vez que hubiera podido perder el empleo.

"Es una medida que, en todo caso, lo que tiene que servir es para mejorar las diferentes partes que tiene la protección por desempleo: la protección económica y la empleabilidad, mejorando la capacidad de acudir o de integrarse en el mercado de trabajo. Es, por tanto, una medida a explorar que, no obstante, requiere necesariamente evaluación y control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para evitar que haya situaciones de abuso relacionadas con esta medida", ha subrayado Bravo.

Para Trabajo, esta nueva compatibilidad con la prestación contributiva, que no estaba recogida en la anterior reforma, persigue evitar que el paro "se enquiste", pues a partir del año es cuando empiezan a existir "grandes problemas de inserción". De este modo, la compatibilidad de la prestación contributiva con un empleo se configura como "una fórmula especial de protección a los parados de larga duración", en palabras del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.

LA REFORMA MEJORA LAS CUANTÍAS Y AMPLÍA LOS COLECTIVOS PROTEGIDOS

La nueva reforma mantendrá medidas incluidas en la anterior, la que tumbó el Congreso con los votos de PP, Vox y Podemos, como son la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio.

Finalmente, se mantendrá en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivaron el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura.

La reforma mejorará las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).

Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos en la legislación aplicable y en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

Se facilitará además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.

Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.

La reforma establecerá también un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a estas personas (este año serán unos 630 millones de euros).


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